jueves, 9 de marzo de 2017

Estructura

El sistema en salud está compuesto básicamente por tres entes:
El estado(Gobierno) : actúa como ente de coordinación, dirección y control. Sus organismos son: El Ministerio de la Salud y Protección Social (Colombia), la Comisión de Regulación en Salud (CRES) que reemplazó al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS) por la Ley 1122 de 2007, y la Superintendencia Nacional de Salud que vigila y controla a los actores del sistema.
Los aseguradores: Son entidades privadas que aseguran a la población, actúan como intermediarias y administradoras de los recursos que provee el estado en forma de prima anual denominada Unidad de Pago por Capitación -UPC-. Son las entidades promotoras de salud (EPS) y las administradoras de riesgos laborales (ARL).
Los prestadores: son las instituciones prestadoras de salud (IPS), son los hospitales, clínicas, laboratorios, etc que prestan directamente el servicio a los usuarios y aportan todos los recursos necesarios para la recuperación de la salud y la prevención de la enfermedad, los profesionales independientes de salud (médicos, enfermeros, etc) y los transportadores especializados de pacientes (ambulancias).

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Seguridad en la atención al paciente

Seguridad del Paciente se define como el conjunto de elementos estructurales, procesos, instrumentos y metodologías basadas en evidencias científicamente probadas que propenden por minimizar el riesgo de sufrir un evento adverso en el proceso de atención de salud o de mitigar sus consecuencias.

En esta sección está disponible las guías, metodologías, lineamientos de políticas, estudios que son desarrollados a través del Ministerio de salud y protección social o que los mismos han contado con su apoyo para la implementación, y que se constituyen en herramientas para la formulación, implementación y difusión del programa de seguridad del paciente en los diferentes actores del Sistema de Seguridad Social en Salud.


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Medio ambiente

El medio ambiente produce influencias en la salud de las personas de muchas maneras - a través de la exposición a factores de riesgo físicos, químicos y biológicos y por medio de los cambios relacionados con la conducta en respuesta a dichos factores. Según la OMS, trece millones de muertes cada año se producen por causas ambientales evitables. Si se previene el riesgo ambiental, se podrían salvar hasta cuatro millones al año, solamente en niños, en su mayor parte en países en vías de desarrollo.
Más información sobre el impacto del medio ambiente en la salud: WHO, Public health and environment health topics"Health and Environment", sesión científica de la Asociación Médica de Canadá como parte de la Asamblea General de la AMM (octubre 2010).
El impacto del medio ambiente en la salud es una preocupación creciente para la AMM y sus miembros. Desde 2007, la AMM elabora políticas y actividades, defiende la función de las asociaciones médicas y los médicos en la prevención de los efectos dañinos del medio ambiente en la salud.

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Salud Ocupacional

Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud ocupacional como una actividad multidisciplinaria que promueve y protege la salud de los trabajadores. Esta disciplina busca controlar los accidentes y las enfermedades mediante la reducción de las condiciones de riesgo.
Salud ocupacional
La salud ocupacional no se limita a cuidar las condiciones físicas del trabajador, sino que también se ocupa de la cuestión psicológica. Para los empleadores, la salud ocupacional supone un apoyo al perfeccionamiento del trabajador y al mantenimiento de su capacidad de trabajo.
Los problemas más usuales de los que debe ocuparse la salud ocupacional son las fracturas, cortaduras y distensiones por accidentes laborales, los trastornos por movimientos repetitivos, los problemas de la vista o el oído y las enfermedades causadas por la exposición a sustancias antihigiénicas o radioactivas, por ejemplo. También puede encargarse del estrés causado por el trabajo o por las relaciones laborales.
Cabe destacar que la salud ocupacional es un tema de importancia para los gobiernos, que deben garantizar el bienestar de los trabajadores y el cumplimiento de las normas en el ámbito del trabajo. Para eso suele realizar inspecciones periódicas que pretenden determinar las condiciones en las que se desarrollan los distintos tipos de trabajos.
Es importante tener en cuenta que la precariedad del empleo incide en la salud ocupacional. Una empresa que tiene a sus trabajadores en negro (es decir, que no cuentan con cobertura médica) y que presenta un espacio físico inadecuado para el trabajo pone en riesgo la salud de la gente.
Programas de salud ocupacional
Para asegurar un buen ambiente laboral, seguro y estable, se desarrollan programas de salud ocupacional, compuestos de una serie de planes que giran en torno a la salud de los empleados.
De acuerdo al tipo de necesidad que atiendan, estos planes pueden ser:planes de higiene (relacionados con la asepsia y la seguridad en torno a las cuestiones higiénicas), planes de seguridad (aseguran la vida de los empleados en aspectos relacionados con riesgos o accidentes) y planes de medicina preventiva (acciones que tomará la empresa a fin de mantener a su personal informado en todo aquello que sea necesario a fin de prevenir cualquier tipo de enfermedad). Todas ellas tienen como objetivo prioritario mantener y mejorar la salud de los empleados dentro del ambiente laboral.
Lo fundamental en la salud ocupacional es asegurar un alto grado de bienestar mental, social y físico para los trabajadores y prevenir toda clase de accidentes e imprevistos; asegurando un lugar de trabajo sin elementos nocivos para su salud y otorgando la seguridad del empleo, siempre y cuando el trabajador cumpla con los requisitos que se le han encomendado.
A la hora de ingresar en un nuevo empleo, los individuos son sometidos a un exámen médico, a través del cual se establece cuáles son sus condiciones físicas y mentales a la hora de asumir el contrato con dicha compañía. Pasado un tiempo, se repetirá el examen y, si resulta existir alguna anomalía en la salud del individuo que pudiera estar relacionada con el trabajo, la salud ocupacional se encarga de ayudarlo.
Algunas de las complicaciones que se encarga de tratar y prevenir la salud ocupacional son:
* torceduras o quebraduras que pueden devenir de la realización de movimientos repetitivos;
* problemas en los oídos a causa de los exacerbados ruidos;
* problemas en la vista provocados por una sustancia o fijación indebida de este sentido;
Enfermedades en los órganos internos a causa de inhalar o estar en contacto con sustancias nocivas para el organismo;
* enfermedades causadas por una exposición prolongada a la radiación;
* otro tipo de enfermedades o complicaciones por haberse expuesto a diversas sustancias o elementos.

Lineamientos para el manejo de la información

Artículo 1- Los presentes lineamientos son imperativos y de observancia general para los sujetos obligados y se expiden de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7 y 33 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Sonora; tienen por objeto establecer los criterios con base en los cuales los titulares de las unidades administrativas de los sujetos obligados, clasificarán la información que posean, la desclasificarán y modificaran, en su caso, además de prever las políticas generales, condiciones y requisitos mínimos para el debido manejo y custodia de sus sistemas de datos, así como los procedimientos y/o medidas de seguridad que deberán observar los sujetos obligados para garantizar a los particulares la facultad de decisión sobre el uso y destino de sus datos personales de conformidad con los principios establecidos en la Ley, con el propósito de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva para la dignidad y derechos del afectado.

Artículo 2.- Para los efectos de los presentes lineamientos se emplearán las definiciones contenidas en los artículos 3 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado y las que se contengan en las disposiciones generales que emita el Instituto, además de las siguientes:


I. Sistema de Datos Personales: Constituye el conjunto ordenado de datos personales que estén en posesión de los sujetos obligados, con independencia de su forma de acceso, creación, almacenamiento u organización

II. Tratamiento: Conjunto de operaciones y procedimientos físicos o automatizados que permitan recabar, registrar, reproducir, conservar, organizar, modificar, transmitir y cancelar datos personales,

III. Disociación de datos: Consiste en todo tratamiento o procedimiento que impida que los datos personales puedan asociarse al titular de éstos, o permitir por su estructura, contenido o grado de desagregación, la identificación individual del mismo;

IV. Destinatario: Cualquier persona física o moral pública o privada que recibe datos personales;

V. Responsable: El servidor público titular de la unidad administrativa designado por el titular del sujeto obligado, que decide sobre el tratamiento físico o automatizado de datos personales, así como el contenido y finalidad de los sistemas de datos personales;

VI. Encargado: El servidor público o cualquier otra persona física o moral facultado por un instrumento jurídico o autorizado legalmente por el Responsable para llevar a cabo el tratamiento físico o automatizado de los datos personales;

VII. Titular de los datos: Persona física a quien  se refieren los datos personales que sean objeto de tratamiento;

VIII. Transmisión: Toda entrega total o parcial de datos personales realizada por las dependencias y entidades a cualquier persona distinta al titular de los datos, mediante el uso de medios físicos o electrónicos tales como la interconexión de  computadoras, interconexión de bases de datos, acceso a redes de telecomunicación, así como a través de la utilización de cualquier otra tecnología que lo  permita;

IX. Transmisor: Dependencia o entidad que posee los datos personales objeto de la transmisión; y,

X. Usuario: Servidor público facultado por la normatividad o expresamente autorizado por el Responsable que utiliza de manera cotidiana datos personales para el ejercicio de sus atribuciones, por lo que accede a los sistemas de datos personales, sin posibilidad de agregar o modificar su contenido

Sistema General de Seguridad Social Integral

Conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen las personas y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica de los habitantes del territorio nacional.

Creación.

Artículo 5. En desarrollo del artículo 48o. de la Constitución Política, organízase el Sistema de Seguridad Social Integral cuya dirección, coordinación y control estará a cargo del Estado, en los términos de la presente ley.

Objeto
Artículo 1. Sistema de Seguridad Social Integral. El sistema de seguridad social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten.
El sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios, materia de esta ley, u otras que se incorporen normativa-mente en el futuro.

Principios
Artículo 2. Principios. El servicio público esencial de seguridad social se prestará con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación.
a) EFICIENCIA. Es la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho la seguridad social sean prestados en forma adecuada, oportuna y suficiente.
b) UNIVERSALIDAD. Es la garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida.
c) SOLIDARIDAD. Es la práctica de la mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores económicos, las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más débil.
Es deber del Estado garantizar la solidaridad en el Sistema de Seguridad Social mediante su participación, control y dirección del mismo.
Los recursos provenientes del erario público en el sistema de Seguridad se aplicarán siempre a los grupos de población más vulnerables.
d) INTEGRALIDAD. Es la cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. Para este efecto cada quien contribuirá según su capacidad y recibirá lo necesario para atender sus contingencias amparadas por esta ley.
e) UNIDAD. Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad social, y
f) PARTICIPACION. Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto.
PARAGRAFO. La seguridad social se desarrollará en forma progresiva, con el objeto de amparar a la población y la calidad de vida.